Rosa Gassó Raventós
ABOGADA Col.nº1906 ICASBD
Despacho de abogacía

Expertos en Extranjería,
Nacionalidad y Asilo

TELÉFONO EXCLUSIVO EXTRANJERÍA 686 36 15 44
Horarios: de lunes a jueves de 16:00 a 19:30 · viernes cerrado
Quiénes somos

Soy Rosa Gassó Raventós abogada especializada en EXTRANJERÍA Y PROTECCIÓN INTERNACIONAL.

Ofrezco un trato cercano, transparente y de confianza. Confianza respaldada por una larga trayectoria profesional de más de 20 años, en los que me he dedicado a ayudar a personas extranjeras.

Rosa Gassó Raventós, abogada en Sabadell

Te asesoro y te acompaño durante todo el proceso para regularizar tu situación administrativa en España, explicándote cada paso de forma sencilla y con la máxima seguridad jurídica.

Cuento también con una gran experiencia en el ámbito del derecho de ASILO, tras haber trabajado en una reconocida entidad social. Esto me permite ofrecer una visión más amplia y una atención más eficaz en casos complejos.Creo firmemente en la justícia social, en la importancia de defender los derechos humanos

Además, soy gestora administrativa colegiada, con amplios conocimientos en materia fiscal e inspecciones de hacienda, y por ello dispongo de una amplia cartera de clientes que cada año confían en mis servicios para presentar sus declaraciones de la renta.

Mi objetivo es estar a tu lado, resolver tus dudas de forma clara y ayudarte a alcanzar tus metas. Mi prioridad es resolver dcada caso con la mayor eficacia posible, por ello mi compromiso en oferecer un servicio de calidad, personalizado y ajustado a las necesidades específicas de nuestros clientes.

Las reseñas de los clientes avalan mi dedicación y profesionalidad.

Servicios

Servicios jurídicos en extranjería, nacionalidad y residencia

Acompañamiento legal y tramitación profesional en procedimientos de residencia, trabajo, asilo, nacionalidad y regularización administrativa.

PERMISOS DE RESIDENCIA Y DE TRABAJO-RENOVACIONES

Nos encargamos de tramitar la solicitud inicial, la modificación y las renovaciones hasta obtener la autorización de una larga duración en España.

SOLICITUDES DE ASILO Y REFUGIO

Brindamos apoyo legal a quienes huyen de su país de origen para escapar de situaciones extremas. La abogada Rosa Gassó es experta en Protección Internacional. No dude en confiarnos su solicitud de ASILO, la renovación de la tarjeta roja o la interposición de recurso.

FAMILIARES DE PERSONAS CON NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Gestionamos la residencia y trabajo a familiares de personas que se han nacionalizado españolas. Requiere acreditar el vínculo con la persona española y cumplir la normativa vigente.

ARRAIGO SOCIAL, SOCIO-LABORAL, SOCIO-FORMATIVO Y DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

La vía del arraigo concede una autorización de residencia y trabajo a personas extranjeras que se encuentran empadronadas en España.

NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Garantizamos una tramitación eficaz de su nacionalidad española. Como abogada colegiada y adherida al Convenio del Consejo General de la Abogacía y del Ministerio de Justicia, presentamos su solicitud mediante plataforma técnica profesional.

REAGRUPACIÓN FAMILIAR

Nos ocupamos de todo lo necesario para que sus seres queridos se reúnan con usted.

Campaña renta · ejercicio 2025

Campaña Renta Ejercicio 2025

Trato personalizado y profesional para la confección de la declaración de la renta. Nos entrega la documentación necesaria y deja la gestión en manos profesionales, con rigurosidad y aplicación de todas las deducciones vigentes posibles.

Confección de la renta Trato personalizado Rigurosidad profesional
Campaña de renta Déjelo en manos profesionales
Agencia Tributaria
  • Confección de declaraciones de la renta del ejercicio 2025.
  • Recogida y revisión de la documentación necesaria.
  • Tramitación con criterio profesional y máxima rigurosidad.
  • Aplicación de todas las deducciones vigentes posibles.

Un servicio simple, claro y profesional

Nos entrega la documentación que le indiquemos y nosotros nos ocupamos de confeccionar la declaración de la renta con seriedad, orden y criterio profesional.

Recogida de documentos

Le indicamos la documentación necesaria para poder confeccionar correctamente la declaración de la renta.

Confección de la renta

Preparamos la declaración con rigurosidad y con una revisión cuidada de la documentación aportada.

Deducciones vigentes

Aplicamos todas las deducciones vigentes posibles que correspondan según la documentación facilitada.

Documentación habitual

Para agilizar la confección de la renta, conviene aportar la documentación que se solicite en cada caso.

  • DNI o NIE del titular y, en su caso, de la unidad familiar.
  • Datos fiscales o documentación identificativa necesaria.
  • Certificados de ingresos, pensiones o prestaciones.
  • Información relativa a vivienda habitual, alquileres o hipoteca.
  • Documentación acreditativa de situaciones personales o familiares.
  • Otros justificantes necesarios según cada supuesto.
La documentación concreta puede variar según cada situación personal. Una vez solicitada, solo tiene que aportarla y dejar la gestión en manos profesionales.

Campaña Renta Ejercicio 2025

Trato personalizado y profesional para la confección de la declaración de la renta, con rigurosidad y aplicación de todas las deducciones vigentes posibles.

Dónde estamos

Despacho en Sabadell, con atención cercana y especializada

Atendemos en Sabadell en un entorno cómodo y bien comunicado, pensado para ofrecer una atención cercana, profesional y personalizada en cada consulta.

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Dirección

Calle Pare Rodamilans, 89
08205 Sabadell, Barcelona

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Horario telefónico

De lunes a jueves
de 16:00 a 19:30

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Teléfono exclusivo extranjería

686 36 15 44

Opiniones de clientes

Consulte la ficha de Google para ver ubicación y reseñas

Cómo encontrarnos

Puede consultar directamente la ficha de Google para ver la ubicación exacta, la ruta y las reseñas del despacho.

Despacho

Sabadell

Un espacio de atención profesional pensado para consultas presenciales, revisión de documentación y seguimiento personalizado de expedientes.

  • Atención cercana y especializada
  • Ubicación bien comunicada
  • Seguimiento directo de cada expediente
  • Entorno discreto y profesional

Regularización Extraordinaria de Extranjeros – 2026

Si necesitas orientación legal sobre la regularización extraordinaria, podemos ayudarte a valorar tu caso y los pasos a seguir.

Preguntas frecuentes
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Contenido de actualidad

Una selección de vídeos y publicaciones para acercarte información útil de forma clara, visual y directa.

abogado extranjeria sabadell

Extranjería · 2026

Regularización extraordinaria de extranjeros 2026

Si necesitas orientación legal sobre la regularización extraordinaria, estudiamos tu caso con rigor y te ayudamos a valorar si puedes acogerte al nuevo proceso, qué documentos conviene preparar y qué vía puede encajar mejor en tu situación.

Este apartado tiene un carácter informativo. Cada expediente debe revisarse de forma individual, especialmente cuando existen dudas sobre documentación, permanencia en España, antecedentes, solicitudes previas de asilo o situaciones familiares complejas.

¿Existe una regularización extraordinaria de extranjeros en 2026?

Sí. En abril de 2026 se ha aprobado un proceso extraordinario de regularización en España para determinadas personas extranjeras que ya residen en el país y cumplen los requisitos establecidos legalmente.

¿Hasta cuándo puede solicitarse?

El plazo de solicitud está abierto desde el 16 de abril de 2026 y, en principio, finaliza el 30 de junio de 2026. Conviene no apurar los plazos, sobre todo si hace falta reunir documentación o pedir cita previa.

¿Quién puede acogerse a esta regularización?

De forma general, pueden encajar en este proceso dos grandes grupos:

  • personas que solicitaron protección internacional en España antes del 1 de enero de 2026;
  • personas en situación administrativa irregular que ya se encontraban en España antes del 1 de enero de 2026.

Aun así, no basta con pertenecer a uno de esos grupos: hay que revisar también el resto de requisitos.

¿Qué requisitos básicos deben cumplirse?

Entre los requisitos principales, deben valorarse estos:

  • estar en España antes del 1 de enero de 2026;
  • acreditar una permanencia ininterrumpida mínima de cinco meses;
  • carecer de antecedentes penales en los términos exigidos por la norma;
  • no representar una amenaza para el orden público, la seguridad pública o la salud pública.
¿Es obligatorio estar empadronado?

No siempre. El empadronamiento puede ser una prueba útil, pero no es la única. La permanencia puede acreditarse con otros documentos válidos, siempre que ayuden a identificar a la persona y la fecha correspondiente. Por eso es importante revisar bien la documentación disponible antes de presentar la solicitud.

¿Qué documentación puede ser necesaria?

Según el caso, puede ser necesario aportar, entre otros documentos:

  • pasaporte completo o documento identificativo válido;
  • pruebas de que la persona ya estaba en España antes del 1 de enero de 2026;
  • pruebas de permanencia durante los cinco meses anteriores a la solicitud;
  • certificados de antecedentes penales, cuando proceda;
  • documentación adicional si el expediente depende de una situación familiar, laboral o de vulnerabilidad.

La documentación concreta puede variar mucho de un caso a otro.

¿Se puede presentar por internet?

Sí. El proceso puede tramitarse por vía telemática. También existe vía presencial, pero en ese caso la cita previa es obligatoria.

¿Se puede trabajar mientras se tramita?

Puede existir habilitación para trabajar, pero no basta con haber presentado la solicitud. Lo relevante es la comunicación oficial de inicio de la tramitación emitida por la administración. Ese matiz es importante y conviene revisarlo bien en cada expediente.

¿La autorización permite trabajar?

Sí. La autorización concedida en este proceso permite residir y trabajar en España, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, durante su vigencia.

¿Cuánto dura esta autorización?

La autorización inicial prevista tiene una vigencia de un año. Después, la situación deberá encauzarse a través de las vías ordinarias previstas en la normativa de extranjería.

¿Si tuve o tengo un procedimiento de asilo puedo acogerme?

En determinados supuestos, sí. Pero es un punto especialmente delicado y conviene revisar con detalle el estado del expediente, la fecha de solicitud y las consecuencias jurídicas de optar por una vía u otra antes de dar ningún paso.

¿Todos los casos encajan automáticamente?

No. Hay expedientes más sencillos y otros que requieren un estudio más técnico, especialmente si faltan pruebas de permanencia, existen incidencias documentales, antecedentes, resoluciones previas o situaciones familiares complejas.

¿Tienes dudas sobre si puedes acogerte?

Revisamos tu situación, valoramos la viabilidad del expediente y te orientamos sobre la documentación y los siguientes pasos.

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